Ícono Prórroga de Licencias Urbanísticas

La Prórroga de una Licencia Urbanística es el acto mediante el cual el Curador Urbano amplía el término de vigencia de la misma.

Las licencias de urbanización en las modalidades de desarrollo y reurbanización, las licencias de parcelación y de construcción, así como las revalidaciones, tendrán una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que queden en firme los actos administrativos por medio de los cuales fueron otorgadas. 

Las licencias de urbanización en la modalidad de saneamiento y las licencias de parcelación para saneamiento, tienen una vigencia de doce (12) meses no prorrogables. 

Cuando en un mismo acto se conceda licencia de urbanización en las modalidades de desarrollo o reurbanización, licencia de parcelación y licencia de construcción en modalidad distinta a la de cerramiento, tendrán una vigencia de treinta y seis (36) meses prorrogables por un período adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo mediante el cual se otorgan las respectivas licencias. 

Modalidades

La solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario, anteriores al vencimiento de la respectiva licencia. y se deberán anexar a la solicitud los siguientes documentos:

Formulario Único Nacional para solicitud de licencias adoptado mediante resolución 0463 de 2017 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial debidamente diligenciado.

Copia del Documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas naturales.

Poder especial debidamente otorgado, ante notario o juez de la república, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con la correspondiente presentación personal.

Copia del documento o declaración privada del impuesto predial del último año en relación con el(los) inmueble(s) objeto de la solicitud donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.

Cuando se presente ante autoridad distinta a la que otorgó la licencia, copia de la misma, en caso de ser ante la misma autoridad, informar el número de la Resolución de Licencia Urbanística a Prorrogar.

Certificación por parte del urbanizador o constructor responsable (que aparece en la licencia urbanística a prorrogar) en la que certifique la iniciación de la obra.

Comprobante de la consignación del valor total de la expensa.

Tiempo de trámite

15 días hábiles, contando desde el momento de la radicación. (Ver proceso para más información)

Expensas y pagos

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